Der Philosophische Stammtisch vom 21. März 2022 mit dem Title "Give peace a chance – Aber wie?" ist voll mit Beispielen dafür. Im Folgenden, möchte ich mich auf nur eines beschränken.
Cuanto más dura el conflicto en Ucrania, más claro se vuelve que ofrece un argumento maravilloso para todos aquellos que miran hacia atrás a los patrones de masculinidad victorianos y guillerminos, aquellos que nunca encontraron el coraje para el pacifismo genuino, y todos aquellos que... , que siempre han estado buscando una forma más conveniente de ganar dinero con la industria de la defensa sin ponerse en peligro personalmente como soldado, o incluso ensuciarse las manos matando a otros.
La mesa de los asiduos filosóficos del 21 de marzo de 2022 titulada "Dale una oportunidad a la paz - ¿Pero cómo?" está lleno de ejemplos. A continuación, me gustaría limitarme a uno solo.
La obligación de prestar asistencia basada en el derecho a la legítima defensa
A las 10:00, Wolfram Eilenberger plantea la cuestión de cómo se puede justificar un deber de asistencia sobre la base del derecho de la Carta de las Naciones Unidas (artículo 51), que incluye el derecho a la legítima defensa.
Por lo tanto, Eilenberger considera la posibilidad de que un derecho a la asistencia pueda justificarse por el derecho positivo establecido en la Carta de la ONU, porque esto reconoce el derecho natural a la autodefensa. (Queda abierto cómo entiende "incluir").
El artículo 51 queda redactado como sigue:
"Diese Charta beeinträchtigt im Falle eines bewaffneten Angriffs gegen ein Mitglied der Vereinten Nationen keineswegs das naturgegebene Recht zur individuellen oder kollektiven Selbstverteidigung, bis der Sicherheitsrat die zur Wahrung des Weltfriedens und der internationalen Sicherheit erforderlichen Maßnahmen getroffen hat. Maßnahmen, die ein Mitglied in Ausübung dieses Selbstverteidigungsrechts trifft, sind dem Sicherheitsrat sofort anzuzeigen; sie berühren in keiner Weise dessen auf dieser Charta beruhende Befugnis und Pflicht, jederzeit die Maßnahmen zu treffen, die er zur Wahrung oder Wiederherstellung des Weltfriedens und der internationalen Sicherheit für erforderlich hält".
Traducción al español: Nada en esta Carta afectará el derecho inherente a la legítima defensa individual o colectiva en caso de un ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas hasta que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales. Las medidas adoptadas por un miembro que ejerza este derecho a la legítima defensa serán comunicadas inmediatamente al Consejo de Seguridad; de ninguna manera afectan su poder y deber en virtud de esta Carta de tomar en cualquier momento las medidas que considere necesarias para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.
Si este artículo es aplicable a Ucrania, dado que esta carta está restringida a los miembros de la ONU y se limita cronológicamente al período antes de que el Consejo de Seguridad interviniera o pudiera responder. Sin embargo, esto es de importancia secundaria para la argumentación aquí. El hecho de que Rusia invoque este artículo a través del Embajador de Moscú Vasily Nebensia ante el Consejo de Seguridad para justificar la invasión de Donbass por parte de las tropas rusas hace que este argumento parezca bastante incómodo y superficialmente informado en el marco de este debate filosófico. Más sobre esto en el Handelsblatt.
En cualquier caso, es claro que la Carta de la ONU no justifica el derecho a la legítima defensa, sino que sólo lo reconoce como un derecho natural y lo restringe en cierta medida, por lo que se debe informar al Consejo de Seguridad. Es cuestionable si las acciones del Consejo de Seguridad anularían las del estado. Lo cierto es que este artículo se produce cada vez más para eludir la prohibición del uso de la fuerza (incluido el artículo 2) (Hilpold, 2005) o incluso para sellar la doctrina preventiva (ver Speckman, 2010).
Ética normativa basada en la teoría del contrato social
Este pensamiento ofrece ahora un amplio debate para la discusión acerca de qué dificultades se presentan para una ética normativa como la de la Carta de las Naciones Unidas, que se basa en una teoría de contrato social, sin posibilidad de hacer cumplir por la fuerza las relgas acordadas en ello ( Katrani, 2010).
Es esta conclusión la que abre una puerta a los seguidores del utilitarismo.
El filósofo utilitarista Wilfried Hinsch se complace en intervenir y responder a la pregunta de Eilenberger.
A continuación, no quiero profundizar en el análisis de las cuestiones anteriores sobre la aplicabilidad de la Carta de la ONU y la justificación de los diversos actores en el conflicto actual, sino más bien concentrarme en cómo un filósofo degrada argumentos jurídicos y éticos complejos al nivel de una tertulia de bar, mediante la inyección de modelos desfasados de masculinidad y patrones tradicionales de misoginia, aunque dispondría de toda una bibliografía para un debate diferenciado. Al final, sin embargo, no se trata de nada más que justificar una guerra que básicamente debería haberse evitado.
El mantra de Ursula von der Leyen de que la OTAN es más fuerte y más unida que nunca suena un poco absurdo, especialmente ahora que está tratando de presentar las medidas de imposición de la paz como acciones de las Naciones Unidas, a pesar de que quieren tomar medidas directas contra los propios miembros de esta organización y vuelve a poner de relieve la totalidad de los artículos 42 y 43.
Justificar precisamente estas medidas es también una lucha que se libra a nivel filosófico. Lo interesante es que se utiliza un derecho contractual que reconoce parcialmente un derecho deontológico para establecer un derecho utilitario:
- El caso del derecho contractual se presenta en forma del derecho positivo de la Carta de la ONU;
- en cuanto a la ley deontológica, es presente en la autodefensa, tal como fue presentada por John Lock como ley natural, pero basada principalmente en la política interna en forma de peyorativo;
- y en el caso del derecho utilitario, estamos hablando de la concepción de Hinsch de un derecho de legítima defensa para Ucrania, que no se justifica de forma utilitaria, sino que él utiliza para determinar un deber de asistencia.
Hinsch no explica con más detalle cómo se supone que estas diferentes teorías filosóficas, a menudo en competencia, están conectadas en una argumentación justificativa y cómo funcionan metodológicamente con respecto a su validez.
Cómo usar los derechos de las mujeres para justificar una guerra
El argumento de Hinsch es el siguiente:
"...ein Recht zu haben bedeutet etwas zu haben, in dessen Besitz die Gesellschaft mich verteidigen muss" ["...tener un derecho significa tener algo en posesión de lo cual la sociedad debe defenderme"].
Él cita textualmente aquí la frase de John Stuart Mill's:
"To have a right, then, is, I conceive, to have something which society ought to defend me in the possession of. If the objector goes on to ask, why it ought? I can give him no other reason than general utility".
Sin embargo, no termina con esto, sino que da un ejemplo práctico que complica un poco más toda la cuestión.
Es decir, cree lo siguiente (minutos 10:45-11:14):
"das entspricht unserem üblichen Verständnis .... eine Gesellschaft in der die Rechte von Frauen auf sexuelle Selbstbestimmung nicht geachtet [werde] und [dann] nicht mit Polizeigewalt auch notfalls verteidigt [werden], ist eine Gesellschaft in der Frauen in dieser Hinsicht rechtlos sind"
Traducción al español: "Eso corresponde a nuestro entendimiento habitual... una sociedad en la que los derechos de las mujeres a la autodeterminación sexual no se respetan y no se defienden incluso, si es necesario, con la fuerza policial es una sociedad en la que las mujeres no tienen derechos en este sentido".
Y continúa:
"... und das bedeutet aber doch, dass der Pazifismus wenn er uns dieses Recht abspricht -- also Leuten die in Gefahr sind, Menschen die in Gefahr sind, bei zu stehen, auch notfalls mit physischer Gewalt -- diesen Menschen ... ein wirkliches Recht abspricht, auf Leben etwa oder körperliche Unversehrtheit".
Traducción al español: "... y eso significa, sin embargo, que el pacifismo nos niega este derecho -- es decir, apoyar a las personas que están en peligro, las personas que están en peligro, si es necesario con violencia física -- estas personas... niegan un derecho real , como la vida o la integridad corporal".
Barbara Bleisch resume que esto significa que:
"wenn es ein Recht auf Selbstverteidigung gibt ... dann ist dieses Recht schal, hohl, nutzlos, wenn es nicht zugleich die Pflicht gibt, die zu unterstützen, wenn sie hilfe brauchen" ["Si existe el derecho a la legítima defensa... entonces ese derecho es rancio, hueco, inútil si no existe al mismo tiempo el deber de asistir a los que necesitan ayuda"].
Toda la pregunta ignora el hecho de que Mill no justificó esta premisa, sino que la expresó como su propio sentimiento intuitivo, al que objetó, que realmente no podía justificarlo, no en ese momento, al no ser mediante una utilidad general. Con Mill, esta utilidad es provocado por algo "animal", un "sentimiento", por lo que probablemente se refiere a un instinto profundamente arraigado en nuestra especie. La utilidad para la sociedad es proteger ese mismo sentimiento, el "interés general" de "sentirse seguro":
"The interest involved is that of security, to every one's feelings the most vital of all interests. ["El interés en juego es el de la seguridad, para los sentimientos de todos el más vital de todos los intereses]. (Mill, 1863)"
Si se quiere argumentar así, podría suponeraw que Hinsch ahora está declarando que las mujeres deben ser protegidas en su libertad sexual para que los hombres y la sociedad en general puedan sentirse seguros. Incluso podría ser una interesante línea de argumentación. Pero a Hinsch no le preocupa defender la autodeterminación sexual de las mujeres. Para ello podría referirse al Artículo Art. 1 Párrafo 1 GG de la Ley Básica Alemana, que constitucionalmente explica el derecho general a la autodeterminación a través de la protección de la dignidad humana, o referirse a la Carta de la ONU y su interpretación de la dignidad humana. Pero ese no es el punto. Más bien, Hinsch asume que este derecho es suficientemente evidente para que los participantes del discurso puedan deducir otro derecho de él, a saber, el de la autodefensa.
Sin embargo, pone en duda esta misma evidencia para su cadena de justificación. Tanto el derecho fundamental alemán como la carta de la ONU están regulados por el derecho contratual, es decir, se basan en el derecho positivo. A continuación, sin embargo, Hinsch restringirá este derecho de manera utilitaria. En términos concretos, asume que una persona, o más bien una mujer, sólo tiene un derecho si este derecho es también defendido por otros. Interesa aquí el criterio de defensa externa, o sea de asistencia, y no él de legítima defensa.
El derecho de las mujeres a la autodeterminación sexual
Zurück zu Hinsch's Argument:
"das entspricht unserem üblichen Verständnis .... eine Gesellschaft in der die Rechte von Frauen auf sexuelle Selbstbestimmung nicht geachtet [werde] und [dann] nicht mit Polizeigewalt auch notfalls verteidigt [werden], ist eine Gesellschaft in der Frauen in dieser Hinsicht rechtlos sind".
Kurzgesagt, Frau haben dieses Recht nur, weil die Polizei es verteidigt. Man fragt sich da nun, ob Frauen in Afghanistan dieses Recht daher nicht haben, weil es von deren Polizei nicht verteidigt wird. Diese Frage ist natürlich provokativ, da es kaum von der Weltgemeinschaft angezweifelt wird. In welcher Weise dies aus philosophischer Sicht im Falle Afghanistans begründet wird, ist aber hier nicht weiter relevant. Der zentrale Punkt ist, dass Hinsch die weibliche Selbstbestimmung durch die mögliche Polizeigewalt, also eine Schutzfunktion durch Dritte begründet.
Volviendo al argumento de Hinsch:
"Eso corresponde a nuestro entendimiento habitual... una sociedad en la que los derechos de las mujeres a la autodeterminación sexual no se respetan y no se defienden incluso, si es necesario, con la fuerza policial es una sociedad en la que las mujeres no tienen derechos en este sentido".
En definitiva, las mujeres sólo tienen ese derecho porque la policía lo defiende. Uno se pregunta si las mujeres en Afganistán no tienen este derecho porque su policía no lo defiende. Esta pregunta es, por supuesto, provocativa, ya que apenas es cuestionada por la comunidad internacional. Cómo se justifica esto desde un punto de vista filosófico en el caso de Afganistán no es relevante aquí. El punto central es que Hinsch justifica la autodeterminación femenina a través de una posible violencia policial, es decir, una función protectora por parte de terceros.
Una serie de falacias formales e informales
Parece ser una apelación a las consecuencias (argumentum ad consequentiam): bastante común en el utilitarismo, y permisible por su estructura interna. No es mi intención cuestionar aquí la validez filosófica del utilitarismo.
Pero es más bien un argumento falso en forma de argumentum ad baculum: la policía tiene que defender a las mujeres, de lo contrario no tendrían ningún derecho.
¿Cómo se llega a esta conclusión?
Argumentum ad logicam
Por supuesto, esto es fácticamente incorrecto y, por lo tanto, una simple falacia. La razón por la cual la policía protege o defiende a las mujeres en particular, y a todos los ciudadanos en general, no es porque de otro modo no tendríamos estos derechos, sino porque hemos renunciado a nuestro derecho a la legítima defensa en el contrato social, principalmente por la preocupación de que la autodefensa resulta arbitraria, y rn cambió actuar mediante la asistencia del Estado se puede fundamentar sobre un sistema jurídico transparente e imparcial.
Entonces, como ciudadanos, cedemos gran parte de nuestra soberanía a la soberanía estatal. Si ahora continuamos con el ejemplo de la mujer cuya autodeterminación sexual se vio amenazada, entonces queda claro cuán débil es la comparación. La policía no apoya a la mujer para que golpee a un posible delincuente violento, sino que le niega este derecho a cambio de una intervención policial, una denuncia oficial o el ofrecimiento de protección, por ejemplo, en un albergue para mujeres. Si quisiéramos aplicar esto a Ucrania, podríamos decir que ellos deberían renunciar a sus defensas, pero poder huir a Europa occidental o Estados Unidos, y la OTAN, o quien sea, solamente para que luego un fuerza con autoridad superior los defienda contra Rusia.
Por un lado, queda por ver si Ucrania realmente contempla renunciar de facto a su soberanía a favor de la integración en estructuras superiores. Ni un estado de la Unión Europea ni un miembro de la OTAN hacen eso, por lo que sería una forma de asistencia completamente nueva. Por otro lado, es cuestionable hasta qué punto la OTAN o la UE pueden actuar como una "fuerza de policía", ya que no tienen una base legal superior sobre otras naciones incluyendo a Rusia, China, India, etc. . La carta de la ONU no justifica la obligación de prestar asistencia en el sentido de una estructura basada en el estado de derecho, sino una obligación mutua de defenderse unos a otros en el marco del derecho internacional, que carece de una autoridad superior generalmente reconocida. Por lo cual la comparación se puede dar.
Pero aún queda un poco más por ver.
Falacia naturalista
Según Hinsch, la policía tiene el deber de defender a las mujeres en su autodeterminación sexual, de lo contrario no podrían ejercer sus derechos.Sin embargo, este argumento solo puede ser válido si las mujeres realmente no tienen la capacidad de defenderse, porque indirectamente implica la imposibilidad de las mujeres de defenderse. Esto fue refutado a más tardar por el YPG en Kobane, que no estaba siendo defendido por la fuerza policial internacional. Se pueden encontrar fácilmente más ejemplos históricos. Pero ese no es mi objetivo aquí. Ya sea justificado o no, Hinsch simplemente llama a las mujeres "débiles" en lugar de señalar su subordinación voluntaria como civiles. Este es un patrón bastante común de chovinismo.
Falacia moral
Ahora bien, si asumimos que Hinsch tiene razón y que las mujeres realmente no pueden defender sus derechos por sí mismas, entonces su argumento sería así:
- Las mujeres no pueden defenderse, por lo que un tercero, p.e. la policía los defiende.
- La policía debe defenderlas en su autodeterminación sexual, de lo contrario no tendrían este derecho.
Los errores son algo común en la filosofía, muchas veces operando con preguntas complejas y abstractas. Sin embargo, siempre es interesante ver quién comete qué tipo de errores. Después de todo, no solo hay habilidades lógicas, un sólido conocimiento de las fuentes y cierta habilidad argumentativo-estratégica en juego. Nuestros lapsos argumentativos también revelan algo sobre la estructura psicológica y ética del hablante. Así, Hinsch no niega a las mujeres su derecho a la autodefensa sexual, pero básicamente ellas no tienen este derecho en base a su derecho natural a estar intactas en su dignidad como seres humanos, ni a ser defendidas en base a sus derechos civiles contractuales, pero sólo gracias a la bondad de un tercero, que les concede este derecho y que lo afirma defendiendo este derecho.
Por supuesto, este argumento tampoco favorece a Ucrania. No creo que los ucranianos necesiten un tercero que reconozca su derecho a la soberanía nacional. La comparación también tiene el defecto de que las mujeres sí pueden defenderse, mientras esto es mucho menos claro en el caso de Ucrania; aunque lejos de ser imposible.
¿Por qué no buscar una justificación utilitaria?
Ahora surge la pregunta de por qué un utilitarista no produce también un razonamiento utilitarista. Si se sigue la lógica de Hinsch, podría resumir algo así para el caso de Ucrania:
Europa y la OTAN deben defender a Ucrania contra Rusia, porque si Ucrania fuera ocupada por Rusia, tendríamos por delante décadas de lucha contra el terrorismo y la resistencia descontrolada, además de perder la producción agrícola, los recursos minerales, así como las instalaciones biológicas y nucleares al control por los rusos, y tener las fronteras con Rusia mucho más cerca y perder intelectuales valiosos para la fuerza de obra rusa. En fin, Ucrania es un país económicamente valioso que uno debería tener en su esfera de influencia.
O, si se admite que las mujeres tengan la capacidad de su propia defensa:
La sociedad, o la policía, o quien sea, debe defender a las mujeres en su autodeterminación sexual, porque de lo contrario tomarán el asunto en sus propias manos... y luego, por ejemplo, atacarán como furias a hombres inocentes.
Aplicado al caso de Ucrania, esto incluye la posibilidad de una victoria de Ucrania contra Rusia:
Europa y la OTAN deben defender a Ucrania contra Rusia, de lo contrario, sin la influencia de Europa y la OTAN, podrían buscar otros posibles socios, que de ese modo ganarían más influencia en el espacio europeo y tendrían acceso a todos los bienes económicamente valiosos mencionados anteriormente.
Conclusiones
En resumen, se puede decir que Hinsch hace todo lo posible para evitar la ética normativa que está cerca de su obra académica, en concreto, el utilitarismo. Él hace esto, quizás de manera bastante inconsciente, para expresar sus propias tendencias misóginas, o simplemente porque no pudo pensar en nada más inteligente para evitar el texto sin formato utilitario.
Porque las acciones tanto de Europa como de la OTAN han demostrado claramente en las últimas semanas que los valores éticos, es decir, los conceptos morales de un Occidente de orientación humanista, difícilmente juegan un papel fuera de la propaganda.
Para no revelar los intereses políticamente orientados al poder de las potencias occidentales, ensaya una artimaña en la que, basándose en una frase utilitarista de Mill, quiere hacer surgir el deber de asistencia de un derecho natural a la legítima defensa, que estaba incluida pero restringida en el derecho contractual de la Carta de las Naciones Unidas. Primero, hace la falacia naturalista de que la violencia policial en un estado de derecho se basa en la incapacidad de los ciudadanos para defenderse. Sedungo, comete la falacia moralista de que un derecho debe incluir también la posibilidad de ejercerlo. Y tercero, expresa la falsa premisa de que la tarea del derecho a la legítima defensa en favor del deber de prestar asistencia en el orden interno podría trasladarse automáticamente a un orden internacional.
No he considerado más aquí que las teorías contratuales requieren mecanismos que hacen cumplir a los contratos, lo que de hecho es la verdadera razón por la que se duda en ayudar a Ucrania; ya que tal aplicación requiere violencia y requiere justificación. Sin embargo, según la Carta de la ONU, esto no puede ser unilateralmente utilitario, sino solo universalmente, es decir, o bien basado en la deontológia o generalmente utilitario para todos los miembros, si no para la comunidad mundial en su conjunto, para poder ser justificado como útil. Sin embargo, esto aún no ha sido demostrado.
Ya se trate de belicismo o misoginia, uno podría esperar un poco más de un filósofo tan prominente, al menos en términos de argumentación.
Bibliografía
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